Perfil de riesgo

El apetito de riesgo se determina en términos de capacidad de riesgo que la sociedad puede asumir sin afectar los resultados de la operación significativamente, por lo tanto, los niveles de tolerancia y apetito al riesgo son fijados por la Junta Directiva y el comité de Riesgos, quienes dentro de su evaluación establecieron y definieron que su nivel de riesgo residual aceptable se debe encontrar en la categoría bajo y medio, los cuales son administrados y gestionados con planes de mejora y controles internos sin generar afectación al patrimonio y reputación de la sociedad; Aquellos riesgos que excedan este apetito de riesgos deben ser revisados y evaluados por la Junta Directiva para toma de decisiones en su tratamiento.